La Secretaría General Técnica ha emitido informa sobre le alcance de la competencia municipal en materia de limpieza de centros educativos de infantil y primaria y los centros de educación especial”. Te dejamos a continuación un resumen de la norma, así como el informe emitido.
MARCO JURÍDICO
Normas clave:
Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE)
Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL)
Ley Canaria de Educación no Universitaria 6/2014 (LCEnU)
Ley 7/2015 de los municipios de Canarias
* Sentencia clave: STS 1377/2021 – Confirma que los municipios tienen competencia propia sobre conservación y mantenimiento de centros educativos públicos.
¿QUÉ INCLUYE “CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO”?
Según el informe:
Limpieza y desinfección
Suministros básicos: agua, electricidad, calefacción
Reparaciones: tejados, cristales, pintura
Recogida de residuos
Vigilancia
Incluye todas las instalaciones del centro: aulas, vestuarios, cocina y comedor escolar.
LIMPIEZA EN COCINAS Y COMEDORES
Personal auxiliar de cocina: limpia su zona de trabajo y utensilios.
Personal de servicios complementarios: limpieza ligera de comedor (retirar restos, limpiar mesas).
Personal municipal de limpieza: desinfección profunda de comedor y cocina + retirada de residuos.
NO se debe confundir personal de servicios complementarios con personal de limpieza.
En definitiva, la limpieza y desinfección forma parte de la competencia municipal en mantenimiento de centros de educación infantil, primaria y especial, independientemente de la titularidad del edificio.
Es un servicio esencial para garantizar condiciones de salubridad y seguridad en el entorno escolar.